Como se sabe, el proyecto presentado por los sectores afectos al ejecutivo el cuatro de agosto pasado, recibió una réplica por parte de los sectores de oposición quienes introdujeron un documento insiprado en los Principios para un marco regulatorio democrático sobre radio y TV comunitaria de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), el cual ha servido de guía para la elaboración de normativas de avanzada como las de Argentina y Uruguay, y con el que aspiran la actualización y cualificación del texto legal.
A la entrada del CNE, Blanca Eekhout, reconocida activista de medios comunitarios (fundadora de CatiaTV) que hoy ocupa la segunda vicepresidencia del congreso y quien también pertenece a la Comisión Permanente del Poder Popular y Medios de Comunicación, aseguró que, verificadas las firmas, habría discusión en esa instancia y luego se pasaría a la consulta pública. Todas las propuestas -dijo- serán consideradas.
La que no será discutida, al parecer, es la referente a la vieja aspiración de los colectivos populares, de acceder al 33% del espectro radioeléctrico. Del primer texto ventilado entre los grupos, hasta el que finalmente fue orillado a la Asamblea, esta moción fue descartada. Permanece en pie, sí, la creación de un fondo de financiamiento constituido por una contribución especial del 2% de las utiidades brutas de las empresas dedicadas a la publicidad y a las telecomunicaciones, además de los aportes del sector público y donaciones particulares. Dicho fondo estaría adscrito a la Vicepresidencia de la República. Algunos gestores de medios han destacado la urgencia de contar con este fondo, pues "el aporte monetario es necesario para seguir ejerciendo nuestras labores".
Sobre ese aspecto, aunque los principios de la AMARC promueven la sustentabilidad económica de los medios comunitarios, vinculan este punto con su independencia y transparencia, por lo cual -destacan- los recursos obtenidos deberán ser reinvertidos íntegramente en el funcionamiento de la emisora para el cumplimiento de sus objetivos y fines, a saber:
Satisfacer las necesidades de comunicación y habilitar el ejercicio del derecho a la información y libertad de expresión de los integrantes de sus comunidades, sean éstas territoriales, etnolingüísticas o de intereses. Sus finalidades se relacionan directamente con las de la comunidad a la cual sirven y representan. Entre otras, serán la promoción del desarrollo social, de los Derechos Humanos, de la diversidad cultural y lingüística, de la pluralidad de informaciones y opiniones, de los valores democráticos, de la satisfacción de las necesidades de comunicación social, de la convivencia pacífica y del fortalecimiento de las identidades culturales y sociales. Son medios pluralistas y por tanto deben permitir y promover el acceso, diálogo y participación de la diversidad de movimientos sociales, razas, etnias, géneros, orientaciones sexuales y religiosas, edades o de cualquier otro tipo, en sus emisoras.
En esa dirección, tanto el otorgamiento de licencias, las asignaciones de frecuencias y otros aspectos del funcionamiento del servicio de radiodifusión comunitaria deberán ser regulados por organismos estatales independientes del gobierno, así como de grupos económicos y empresariales.